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Documento BOE-B-2015-21087

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2015, páginas 29280 a 29280 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-21087

TEXTO

Doña María Aranzazu Alameda López, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 353/2015, en el que se ha dictado Auto declarando en estado de concurso a la entidad Lito Stamp Impresión Gráfica, S.A., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto: Concurso voluntario 353/2015 Sección C4.

NIG del procedimiento: 08019-47-1 -2015- 8002421.

Entidad concursada: Lito Stamp Ipresión Gráfica, S.A., con CIF número A58632274. Tipo de Concurso: Voluntario Ordinario.

Fecha del Auto de Declaración: 15/04/2015.

Administradores concursales: La sociedad Euroforo Concursal, que designa a don David García Muntané, con correo electrónico dmuntane@muntaudit.es, domicilio avenida Diagonal, 429, 1.º, 08036 - Barcelona, y teléfono 931 24 03 18.

Facultades del concursado: Intervenidas.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de dos meses a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los Autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al afecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 12 de junio de 2015.- La Secretaria judicial.

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