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Documento BOE-B-2015-20726

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 29 de junio de 2015, páginas 28754 a 28754 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-20726

TEXTO

Edicto

Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia, por el presente,

Hago saber: Que en este órgano judicial se tramita Sección V declaración concurso 0000078/2009 del deudor CELESTINO LÓPEZ FIGARI, S.L., se ha dictado el día 27/04/15 auto de conclusión.

La referida resolución dice literalmente, en su parte dispositiva, lo siguiente:

"Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de CELESTINO LOPEZ FIGARI, S.L., así como la extinción de la persona jurídica.

Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 y 178.3 de la Ley Concursal acordando la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes.

Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC.

Lo acuerda y firma Francisco Cano Marco, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, doy fe."

Murcia, 12 de junio de 2015.- La Secretaria judicial.

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