Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
El Juzgado de lo Mercantil n.º 9, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC, anuncia:
.- Que conforme a lo acordado por auto de fecha 09/06/15 se ha declarado:
.- La Conclusión del Concurso Voluntario de la mercantil Tecnologías de la Documentación, S.A., bajo el n.º de autos 53/2011, por inexistencia de bienes y derechos con los que integrar la masa activa del Concurso,
.- El cese del régimen de intervención de facultades sobre la concursada, y pudiendo los Acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes y derechos.
.- Que se procede al cese en su cargo del Administrador Concursal nombrado en su día:
D. Gonzalo Aranzabal, c/ Ferraz, n.º 11, 2.º Izq. Madrid 28008.
Madrid, 10 de junio de 2015.- La Secretaria Judicial.
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