Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 428/2015, NIG n.º 48.04.2-15/014051, por auto de 15/6/2015 se ha declarado en concurso voluntario al deudor DAMAHI DECORADORES, S.L. UNIPERSONAL, con CIF B-95271896, con domicilio en Polígono Industrial Artunduaga, n.º parcela 13 D bajo-local 4, 48970 Basauri.
La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 191 ter de la Ley Concursal, y ha declarado disuelta a la concursada, cesando en su función a los administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.
2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.
3.º Que la administración concursal está integrada por D. Félix Usunaga Beltrán de Guevara.
Domicilio postal: C/ Juan de Ajuriaguerra, n.º 6, 1.º dcha. dcha., 48009 Bilbao.
Dirección electrónica: felix.usunaga@gmail.com
4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
6.º Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es
Infórmese en el extracto de la declaración de concurso que se publica en el BOE, que el resto de resoluciones que deban publicarse conforme a lo previsto en el art. 23 LC y demás preceptos a que aquel se remiten, se publicaran en la sección 1.ª de edictos concursales del Registro Público Concursal (art. 23.1 LC y art. 7RD 892/2013).
Bilbao, 15 de junio de 2015.- El Secretario judicial.
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