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Documento BOE-B-2015-20549

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 27 de junio de 2015, páginas 28519 a 28519 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-20549

TEXTO

Edicto

D. Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente, hago saber:

Que por auto de fecha 28/05/2015, en el procedimiento con número de autos 258/2015 y N.I.G. 03065-66-2-2015-0000258, se ha declarado en concurso abreviado voluntario al deudor Hermanos Belmonte, Sociedad Limitada, con domicilio en Camino de Enmedio,s/n Cox (Alicante) y CIF n.º B03298940, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al tomo 936, libro 388, folio 56, hoja n.º 12.608, representada por el Procurador D.ª María Teresa Hungaro Favieri.

Facultades del concursado: Intervenido.

Administrador concursal: Que ha sido nombrado D. Francisco Javier Durán Díaz, colegiado del Ilustre Colegio de Economistas de Alicante con domicilio postal: calle German Bernacer-Parque Empresarial, 69 c.neg.elcheone Elche (Alicante) y dirección de correo electrónica: concurso.hbelmonte@insolvenzy-legal.com, para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta oficina judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche (Alicante), 15 de junio de 2015.- Secretario Judicial.

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