Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 460/2015, en el que se ha dictado Auto declarando en estado de concurso a la entidad LA FONT DE DIAGONAL, S.A.U., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto: Concurso voluntario 460/2015 Sección C5.
NIG del procedimiento: 08019-47-1-2015-8003785.
Entidad concursada: LA FONT DE DIAGONAL, S.A.U., con CIF n.º A61882635.
Tipo de concurso: Voluntario.
Fecha del Auto de declaración: 14 de mayo de 2015.
Administradores concursales: Don José Manuel Calavia Molinero, con domicilio profesional en calle Diputación, n.º 260, Barcelona (Barcelona), teléfono 934 94 77 50, y con correo electrónico administracion.concursal.diagonal@mazars.es y la SLP ROCA JUNYENT representada por don JOSEP PUJOLRAS NONELL, con domicilio en calle Aribau, 198, 08036 - Barcelona, teléfono 932 41 92 00 y con correo electrónico administracion.concursal.diagonal@mazars.es.
Facultades del concursado: Intervenidas.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC. Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración Concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de dos meses a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los Autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona,, 25 de mayo de 2015.- La Secretaria judicial.
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