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Documento BOE-B-2015-1833

CUENCA

Publicado en:
«BOE» núm. 21, de 24 de enero de 2015, páginas 2567 a 2567 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2015-1833

TEXTO

Edicto.

Doña Marta María Martínez González, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cuenca, por el presente,

Hago saber:

1°. - Que en Sección I Declaración Concurso 692/2014 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 23 de diciembre de 2014, auto de declaraciòn de concurso voluntario de Congelados Cervera, S.L., con cif B-16112153, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Motilla del Palancar, carretera Madrid-Valencia, km 200.

En dicho auto se ha acordado:

La suspensión de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la ley concursal.

Nombrar como administrador concursal a don Iván Calleja Valverde, con domicilio en calle San Agustín, n.º 1, 5c de Cuenca y dirección de correo electrónico ivancalval@gmail.com.

Que se ha procedido a la sustitución respecto del deudor por solicitud de concurso voluntario con petición simultánea de liquidación que ha sido declarado.

- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito acreedor, por cualquier otro interesado en quien acredite representación suficiente firmado por el crédito o de ellos, y el por se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184. 3 LC).

Cuenca, 16 de enero de 2015.- La Secretaria Judicial.

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