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Documento BOE-B-2015-18242

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 8 de junio de 2015, páginas 25388 a 25388 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-18242

TEXTO

Edicto

D./Dña. Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente, hago saber:

Que por auto de fecha 20/05/2015, en el procedimiento con número de autos 000195/2015 y N.I.G. 03065-66-2-2015-0000155, se ha declarado en concurso abreviado voluntario al deudor VENIMAG IMPRESS, S.L., con domicilio en Partida de Algoros, Carretera del León, Km 0,600, Local 14, Elche/Alicante y CIF n.º B-54498910, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 3.456, libro 0, folio 163, hoja A-121.620, inscripción 2.ª, representada por el Procurador D/D.ª María Teresa Húngaro Favieri.

Facultades del concursado: Intervenido.

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado D./D.ª MANUEL LORENZO ALEMAÑ LÓPEZ, colegiado del Ilustre Colegio Elche con domicilio postal: Calle Vicente Blasco Ibáñez, 13 Entlo. - Izq. Elche y dirección de correo electrónica: alemany@icae.es, para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 21 de mayo de 2015.- El Secretario Judicial.

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