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Documento BOE-B-2015-1816

Anuncio de la Notaría de doña Laura Felices Quesada, sobre reanudación de la venta extrajudicial de ejecución hipotecaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 2015, páginas 2543 a 2544 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2015-1816

TEXTO

Doña Laura Felices Quesada, Notaria del Ilustre Colegio de Castilla-La Mancha, con residencia en Yeste-Elche de la Sierra, hago constar:

1.º Que se han iniciado en mi notaría, sita en Yeste (Albacete), calle San Bartolomé, 9, y en Elche de la Sierra (Albacete), Avenida de España, 4, los trámites de reanudación de la venta extrajudicial por medio de subasta, a instancia de la entidad mercantil Banco Santander, S.A.; contra la mercantil "Bella Costa Pinturas, S.L.", conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, sobre la siguiente finca hipotecada:

Edificación en el pueblo de Socovos (Albacete), Avenida de la Paz, número 21. Se asienta sobre un solar con una superficie de ciento un metros cuadrados. Ocupa la totalidad de la superficie de solar. Tiene una superficie construida de doscientos setenta y cinco metros cuadrados. Distribuida en: planta baja (con una superficie construida de ciento un metros cuadrados), planta primera elevada (con una superficie construida de ciento un metros cuadrados) y planta segunda elevada (con una superficie construida de setenta y tres metros cuadrados). Linda: izquierda entrando, María Ruiz; derecha, Antonio Zamudio, y fondo, Amaro Caballero Sánchez. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Yeste al tomo 827, libro 49, folio 222, finca 5.406.

2.º Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto-Ley 6/2012 de 9 de marzo, reformado por la Ley 8/2013 de 26 de junio, tendrá lugar una única subasta, en la notaría, sita en Elche de la Sierra (Albacete), Avenida de España, número 4, el día 27 de febrero, a las trece horas, para la que servirá de tipo el pactado en la escritura de constitución de hipoteca, esto es, CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON DIECISIETE CÉNTIMOS (164.059,17 €). No obstante, de acuerdo con el artículo 12 del Real Decreto-Ley 6/2012:

1. Si se presentan posturas por importe igual o superior al 70 por cien del valor de tasación indicado, se entenderá adjudicada la finca a quien presente mejor postura.

2. Si la mejor postura presentada es inferior al 70 por cien del tipo señalada para la subasta, podrá el deudor o la hipotecante presentar en el plazo de diez días tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70 por cien del valor de tasación, o que, aún inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

3. Transcurrido el expresado plazo sin que el deudor o la hipotecante realice lo previsto en el párrafo anterior, el acreedor podrá pedir, dentro del témino de cinco días, la adjudicación de la finca por importe igual o superior al 60 por cien del valor de tasación.

4. Si el acreedor no hace uso de la mencionada facultad, se entenderá adjudicada la finca a quien haya presentado la mejor postura, siempre que supere el 50 por ciento del valor de tasación, o, siendo inferior, cubra al menos la cantidad reclamada por todos los conceptos.

5. Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de veinte días, pedir la adjudicación por importe igual o superior al 60 por cien del valor de tasación.

6. Si el acreedor no hace uso de esta facultad, se declarará desierta la subasta, quedando expedita la vía judicial.

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la notaría de lunes a viernes de 9 a 15 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar previamente a la subasta una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo señalado para la subasta. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo hasta el momento de la subasta.

Yeste-Elche de la Sierra, 16 de enero de 2015.- Notaría Yeste-Elche de la Sierra.

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