Por la procuradora doña Ana Lázaro Gogorza, en nombre y representación de A.G. Siderúrgica Balboa, S.A., y ante la Audiencia Nacional, se interpuso recurso contencioso-administrativo contra la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, que regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de demanda de interruptibilidad, que fue admitido a trámite por decreto de 9 de enero de 2014 y ampliado por providencia de 16 de enero de 2015 de esta Sala Tercera, Sección Tercera del Tribunal Supremo a la Orden IET/346/2014, de 7 de mayo (BOE n.º 60, de mayo de 2014) y al artículo 8 de la Orden IET/107/2014, de 31 de enero (BOE de 1 de febrero de 2014, n.º 28) y figura registrado con el número 001/0000920/2014. Se conceden nueve días, computados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, para que puedan personarse en dicho recurso, como demandados, quienes tengan interés legítimo en sostener la conformidad a derecho de la actuación recurrida.
Madrid, 16 de enero de 2015.- Secretaria judicial, Aurelia Lorente Lamarca.
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