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Documento BOE-B-2015-17017

CÓRDOBA

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 2015, páginas 23683 a 23683 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2015-17017

TEXTO

Cédula de notificación

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 736/2014 seguido a instancia de Fiscalía Provincial de Córdoba frente a doña Janet-Kaitesi Abhulimhen y don Luis Manuel Reyes González, se ha dictado sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

"Sentencia n.º 120/2015.

En Córdoba, a día quince de mayo de dos mil quince.

Vistos por el Ilmo. Sr. D. Antonio Javier Pérez Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de los de esta ciudad, los autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado y registrados bajo el número 736/2014 B, a instancias del Ministerio Fiscal contra don Luis Manuel Reyes González y doña Janet-Kaitesi Abhulimhen, declarados en rebeldía y atendiendo a los siguientes:

FALLO

Que, estimando íntegramente la demanda formulada por el Ministerio Fiscal contra don Luis Manuel Reyes González y doña Janet-Kaitesi Abhulimhen, se declara la inexistencia del matrimonio entre los demandados y la cancelación de la inscripción del mismo en el Registro Civil de Córdoba.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Córdoba que, en su caso, deberá ser interpuesto ante este mismo Juzgado, en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevara certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo."

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados doña Janet-Kaitesi Abhulimhen y don Luis Manuel Reyes González, extiendo y firmo la presente.

Córdoba, 15 de mayo de 2015.- La Secretaria judicial, María Soledad Gutiérrez López.

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