Está Vd. en

Documento BOE-B-2015-168

CÓRDOBA

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 3 de enero de 2015, páginas 211 a 211 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-168

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba,

Anuncia:

Que en el procedimiento de homologación de acuerdo de refinanciación número 1136/2014, referente a Campos de Córdoba, S.A. se ha acordado lo siguiente:

1. La homologación judicial del acuerdo de refinanciación suscrito el día 30 de julio de 2014 por Campos de Córdoba con Caixabank, S.A., Banco de Sabadell, S.A., Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., Banco Santander, S.A., Banco Popular Español, S.A.

2. Este acuerdo tendrá la naturaleza de transacción judicial.

3. Acuerdo la extensión de todos y cada uno de los efectos previstos en el Régimen General del Acuerdo Marco a los acreedores financieros disidentes (Bankinter y NCG Banco, S.A.).

4. Acuerdo la paralización de las ejecuciones singulares que, en su caso, hubieran sido iniciadas por las entidades afectadas por el presente acuerdo de refinanciación, incluidas las Entidades Disidentes así como la prohibición de iniciar ejecuciones singulares respecto de la Deuda Afectada, efecto que se extiende desde la fecha de solicitud de homologación hasta la fecha de vencimiento final de la deuda.

En todo caso, las entidades financieras acreedoras afectadas por la homologación mantendrán sus derechos frente a los obligados solidariamente con el deudor y frente a sus fiadores y avalistas, quienes no podrán invocar ni la aprobación del acuerdo de refinanciación ni los efectos de la homologación judicial en perjuicio de aquellos.

5. Acuerdo la irrescindibilidad del acuerdo de refinanciación homologado judicialmente. El ejercicio de las demás acciones de impugnación se someterá a lo dispuesto por el artículo 72.2

Anúnciese por edictos el acuerdo, que se fijarán en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y Tablón de Anuncios de este Juzgado.

Los acreedores de pasivos financieros afectados por la homologación judicial que no hubieran suscrito el acuerdo de homologación o que hubiesen mostrado su disconformidad podrán impugnar esta resolución en el plazo de quince días siguientes a la publicación.

Córdoba, 1 de diciembre de 2014.- La Secretaria judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid