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Documento BOE-B-2015-16449

Anuncio del Departamento de Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo (Dirección de Cooperación Multilateral, Horizontal y Financiera) adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), por el que se notifica resolución de procedimiento de reintegro que se le hace a la Asociación Amarante para o Ecodesenvolvemento.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 23 de mayo de 2015, páginas 22899 a 22899 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-B-2015-16449

TEXTO

En virtud de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no siendo posible practicar la notificación por causas no imputables a la Administración de las previstas en el apartado número 5 del indicado precepto, habiéndose intentado la notificación y no siendo posible practicarla, mediante el presente anuncio se notifica a la entidad Asociación Amarante para o Ecodesenvolvemento, CIF: G-36352359, la resolución dictada por el Director de la AECID, por la que se acuerda la procedencia del reintegro de la subvención concedida para la realización del proyecto "Fomento de estrategias socio-productivas que garanticen la seguridad alimentaria en Cotopaxi", código de expediente 08-PR2-039, por importe de 7.690,82 euros, de los cuales 5.849,03 euros corresponden al principal de la subvención y el resto a intereses de demora.

El contenido completo del expediente está a su disposición en el Departamento de ONGD de la AECID, C/ Beatriz de Bobadilla, 18, planta 1.ª, Madrid (contacto convocatorias_ongd@aecid.es).

El ingreso del citado importe deberá realizarse mediante transferencia a la cuenta abierta a nombre de la AECID en el Banco de España, número: 9.000.0001.20.020.0003247, en el plazo que establece el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

La resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes, ante el Director de la AECID, o ser impugnada directamente mediante recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido por los artículos 109 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 19 de mayo de 2015.- La Jefa del Departamento de ONGD, Cristina Juarranz de la Fuente.

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