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Documento BOE-B-2015-1628

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 2015, páginas 2248 a 2248 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-1628

TEXTO

EDICTO

Doña Maria Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial de Xdo. do Mercantil n. 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente,

Hago Saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 510/2014 se ha dictado en fecha 7 de enero de 2015 Auto de Declaración de Concurso voluntario y abreviado del deudor BARTEXGAL S.L., con C.I.F. B-36.764.181, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Vigo, en el Parque Tecnológico de Vigo, Calle C- S/N - Parcela 9, Nave C9.

2.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.

3.º La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración Concursal.

4.º Se declara disuelta la entidad BARTEXGAL S.L., con C.I.F. B- 36.764.181.

5.º Se ha designado, como administración concursal al Abogado don JAVIER GONZALEZ VILLAR con D.N.I. 76828917- Q, con domicilio postal en Vigo, en la Calle Colon n.º 12, 4.ª planta, C.P. 36201; y dirección electrónica señala: concursobartexgal@lener.es, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

6.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la ultima fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

7.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (articulo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 7 de enero de 2015.- La Secretara Judicial.

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