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Documento BOE-B-2015-15536

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 18 de mayo de 2015, páginas 21535 a 21535 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-15536

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.

Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 227/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Inmaculada Ramos Aracil y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 227/2015 Sección C5.

Nig del procedimiento.- 08019 47 1 2015 8001779.

Entidad concursada.- Inmaculada Ramos Aracil, con DNI n.º 21640326V.

Tipo de concurso.- Voluntario consecutivo.

Fecha del auto de declaración.- 12 de marzo de 2015..

Administrador concursal.- Don Antoni Ramírez Angelat, con domicilio en calle Mallorca, 80, Entlo. 1.ª, 08029 Barcelona, teléfono 645820651 y con correo electrónico aramirez@icab.cat

Facultades del concursado.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 31 de marzo de 2015.- La Secretaria Judicial.

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