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Documento BOE-B-2015-15282

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 14 de mayo de 2015, páginas 21156 a 21156 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-15282

TEXTO

Edicto

Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000153/2015, seguido a instancias del Procurador D. Gerardo Pérez Almedia, en nombre y representación de Construcciones Rodríguez Ramírez, S.A., se ha dictado Auto el día 16 de abril de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Construcciones Rodríguez Ramírez, S.A. con CIF, n.º A35091719, y domicilio en Juan Carlos I, n.º 3, Tuineje, Fuerteventura, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de Voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal, se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

Se designan como Administradores del concurso a: Alamar Estudios Jurídicos, S.L.P. en la persona física de D. Marcelino Alamar Llinas con NIF 22520722-L como Abogado, el cual ha designado como domicilio C/ Buenos Aires, n.º 3, Las Palmas, teléfono 963525250, fax número 963940700 y correo electrónico cororasa@alamar.es.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

D. Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. Dña. Águeda Reyes Almeida, Secretaria judicial. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto

Las Palmas de Gran Canaria, 27 de abril de 2015.- La Secretaria judicial.

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