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Documento BOE-B-2015-1478

Anuncio de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera sobre notificación a la sociedad QUICK INTERNATIONAL MONEY TRANSFER, S.L.U., de solicitud de documentación complementaria y continuación del procedimiento de autorización como Entidad de Pago, antes de proceder a la declaración de caducidad del mismo.

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 20 de enero de 2015, páginas 2056 a 2056 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-B-2015-1478

TEXTO

Habiendo sido iniciado, mediante solicitud de fecha 4 de febrero de 2013, el procedimiento de autorización para la constitución como Entidad de Pago de QUICK INTERNATIONAL MONEY TRANSFER, S.L.U., de acuerdo con lo previsto en la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de Servicios de Pago, y su normativa de desarrollo, y dada i) la falta de respuesta e inactividad del interesado en el procedimiento, cuyo efecto ha sido la paralización del mismo, y ii) la imposibilidad de comunicación y notificación al interesado, en los medios y lugares puestos de manifiesto por el mismo; y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en lo referente a la notificación, procede publicar el anuncio correspondiente en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Badalona:

De acuerdo con el artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se concede un plazo de tres meses, desde la publicación de este anuncio, a D. Tariq Javed, como representante de QUICK INTERNATIONAL MONEY TRANSFER, S.L.U., para que realice las actividades necesarias para continuar la tramitación del procedimiento de referencia, en concreto, subsanar las objeciones comunicadas mediante oficios de este Centro Directivo de 21 de febrero de 2013. Si transcurriese dicho plazo sin reanudarse la tramitación por parte del interesado, este Centro Directivo procederá al archivo de las actuaciones, procediendo a la caducidad del mismo, de acuerdo con el procedimiento establecido.

Madrid, 12 de enero de 2015.- El Subdirector general de Legislación y Política Financiera, Jaime Ponce Huerta.

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