Juzgado de primera instancia nº 52 de Madrid
juicio:procedimiento ordinario 7/2013
Parte demandante Manuel Kumar Gangaram Dadlani
Parte demandada Multicines Atlantida Lanzarote sl, Bbva,CentroLanz, S.L. y Deiland Plaza, S.A.
sobre Ordinario
En virtud de lo acordado en los autos de refrencia, por no ser conocido el domicilio de Centro Lanz, S.L., y Deiland Plaza, S.a., por resolución de 16/04/2015, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 14/01/2015.
FALLO
Que desestimando la demanda interpuesta por D. Carlos A. Sandeogracias López, en nombre y representación de D. Manuel Kumar Gagaram Dadlani frete a Deiland Plaza sa, Centro Lanz sl, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria sa, Multicines Atlantida Lanzarote sl debo absolver y Absuelvo a los demandados de los pedimentos de la demanda.
Con expresa imposición de costas al actor.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de Apelación en el plazo de veinte dias, ante ese juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2546-0000-04-0007-13 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en Banco de Santander.
Así esta es mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a Centro Lanz sl y Deiland Plaza sa expido y firmo la presente.
Madrid, 16 de abril de 2015.- El/la secretario judicial.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid