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El Juzgado de lo Mercantil de Jaén anuncia:
Que en el procedimiento concursal necesario ordinario n.º 540/2014, referente al concursado CRISTAL CIFUENTES, S.L. con CIF n.º B-23332893, por Auto de fecha 25/03/2015 se ha acordado lo siguiente:
1. Declarar concluida la fase común del presente procedimiento concursal.
2. Abrir la fase de liquidación del convenio a petición del deudor.
3. La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
4. La disolución de la sociedad concursada cesando en sus funciones los Administradores que serán sustituidos por la administración concursal.
Jaén, 26 de marzo de 2015.- La Secretaria judicial.
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