Está Vd. en

Documento BOE-B-2015-12875

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 25 de abril de 2015, páginas 17868 a 17868 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-12875

TEXTO

Edicto

Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

1.º Que en este Juzgado se siguen autos de concurso voluntario abreviado n.º 192/2015-F, y número de identificación general del procedimiento (NIG) 50297 47 1 2015 0000247, en el cual se ha dictado en fecha de 7 de abril de 2015, Auto de declaración de concurso voluntario de la Compañía Mercantil "Goodday Solutions, S.L.", con CIF número B99325532 y domicilio social en Zaragoza, calle Los Olivos, número 29, CP 50011.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la mercantil concursada, mediante autorización o conformidad de la Administración Concursal.

3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración Concursal designada, integrada por la sociedad "Soluciones Concursales Zaragoza, S.L.P.", con CIF B99332371, representada por el economista don José María Cebrian García, con DNI 17.429.004-H; dirección postal: Paseo Sixto Celorrio, número 3, bajos, 50300 Calatayud (Zaragoza); teléfono: 976-889050; fax: 976-882345, y correo electrónico: goodday@solucionesconcursaleszaragoza.es

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la Administración Concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado.

4.º La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 8 de abril de 2015.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid