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Documento BOE-B-2015-12846

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 25 de abril de 2015, páginas 17839 a 17839 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-12846

TEXTO

Edicto

D.ª M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal,

Anuncia:

1. Que en el concurso número de autos 156/15, con Número de Identificación General del procedimiento 28079 1 4041316 /2015, por auto de 9 de abril de 2015, se ha declarado en concurso voluntario, tramitado como abreviado, a MI ESCUELITA EDUCACIÓN, S.L., con CIF: B-86248093, y domiciliado en Avda. Ensanche de Vallecas, n.º 83, 28051 Madrid.

2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde el día que en que se les realice la comunicación por la Administración concursal o bien en el supuesto de que no se haya realizado, desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso.

3. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. Que el deudor queda suspendido en sus facultades de disposición y administración de su patrimonio, siendo sustituido en las mismas por la Administración concursal.

4. La identidad de la Administración concursal es D. LUIS FERNANDO IGLESIAS DÍAZ el domicilio postal de la misma plaza de Castilla, n.º 3, escalera C, 2.º, puerta 3, 28046 Madrid, y la dirección electrónica figlesiasdiaz@yahoo.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, haciéndoseles saber que los presentados en este Juzgado se tendrán por no comunicados. Las comunicaciones de créditos efectuadas ante este Juzgado se tendrán por no realizadas.

5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador presentando escrito de forma separada al de comunicación de crédito ante este Juzgado.

6. Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicaran en el Registro público Concursal, siendo su dirección electrónica www.publicidadconcursal.es

Madrid, 9 de abril de 2015.- La Secretaria judicial.

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