Edicto
Don Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, por el presente, hago saber:
1.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial, Concurso Abreviado n.º 5/10, se ha dictado en fecha 14 de abril de 2015 auto declarando la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones de Maderas Linzasa, S.L.U., con CIF B22268973 y domicilio en Camino Piadol, s/n, de Almudévar, Huesca.
2.- Se ha acordado la conclusión del concurso por insuficiencia de bienes y derechos del concursado para satisfacer los créditos contra la masa, así como la extinción de la personalidad jurídica de la mercantil concursada.
3.- Asimismo, se ha acordado aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.
4.- Dicha resolución no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores concursales.
Huesca, 14 de abril de 2015.- Secretario Judicial.
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