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Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, Secretario del Juzgado Mercantil n.º 1 de Barcelona,
Por el presente hago saber: Que en el Concurso Voluntario tramitado bajo el n.º 71/2006-G, de la entidad mercantil Aletub, Sociedad Limitada, se ha dictado auto de fecha 26/03/2015, en el cual se acuerda la conclusión del presente concurso por insuficiencia de bienes de la concursada, acordándose asimismo la extinción y cancelación de la inscripción registral de la concursada Aletub, Sociedad Limitada, así como la inscripción de conclusión del concurso y la extinción de la sociedad en el Registro público correspondiente y la publicación de dicha resolución en el BOE. Igualmente, en dicho auto se acuerda el cese de la Administración concursal desde la firmeza de la resolución, aprobando la rendición de cuentas formulada por la Administración concursal.
Barcelona, 9 de abril de 2015.- El Secretario judicial.
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