Está Vd. en

Documento BOE-B-2015-122

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 2 de enero de 2015, páginas 158 a 159 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-122

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 1760/2014, con NIG 2906742M20140003265 por auto de 10 de diciembre de 2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS ECOLÓGICAS ALOREÑAS, S.L., con CIF B29874831, domicilio en la Barriada El Puente Carretera de Málaga, Álora y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga

2º.- Que se ha acordado abrir la fase de liquidación a petición del deudor, declarándose disuelta la sociedad EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS ECOLÓGICAS ALOREÑAS, S.L., y cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

3º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

4º.- Que la Administración Concursal la integra la sociedad GESTIÓN INTEGRAL DE CONCURSO DE ACREEDORES, S.L.P. con CIF n.º B-93196962, domicilio en Málaga, calle Fiscal Luis Portero García, n.º 3, oficinas 631-632 y, CP 29010, Tlf.: 951-931-938 y 952-229-880, y con dirección de correo electrónico info@gica.es, que designa a los efectos de comunicación de créditos, dicha sociedad está representada indistintamente por:

Don Ángel Yagüe Ramírez con D.N.I. n.º 05911056-X, de profesión Abogado y economista, don José Miguel Cabezas Argueda, con DNI. 30519922-A, de profesión abogado y economista, don Francisco Palacios Castillo, con DNI. 25688789-C, de profesión abogado y don José Antonio Antiñolo Gil, con DNI. 05228639-A, de profesión abogado.

5º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal.

La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.

7º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 15 de diciembre de 2014.- Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid