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Documento BOE-B-2015-11937

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 18 de abril de 2015, páginas 16556 a 16556 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-11937

TEXTO

Edicto

D. EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000017/2015, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. GEMMA AYALA DOMÍNGUEZ, en nombre y representación de AMANDA FRAGANCIA Y COSMÉTICOS, S.L., se ha dictado Auto el día 24 de marzo de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de la mercantil AMANDA FRAGANCIA Y COSMÉTICOS, S.L. con CIF: B-35.421.114, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D./Dña. RAFAEL FRANCO MIRANDA, como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de C/ Luis Doreste Silva, n.º 18-B, 3.º Izqda., Edificio Master, y código postal 35004, teléfono 928 91 86 89 y fax 928 29 29 25, así como dirección electrónica: rfranco@crvconsultores.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda: Intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

D./Dña. EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Secretario/a judicial. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 31 de marzo de 2015.- El Secretario judicial.

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