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Documento BOE-B-2015-11873

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 17 de abril de 2015, páginas 16474 a 16474 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-11873

TEXTO

Procedimiento Concurso Voluntario 214/2013 Sección B

Edicto

D. JOSÉ VELA PÉREZ, Secretario judicial del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hago saber: Que en este Juzgado y en los autos de referencia se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es del tenor siguiente:

Se aprueba, con los efectos y alcance legalmente previstos, la propuesta de convenio, señalada de alternativa tres, formulada por la compañía CERDANYOLA CARBURANTS, S.L., que fue votado favorablemente en la Junta de acreedores celebrada el día 27 de enero de 2014.

Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de los deberes que el artículo 42 de la Ley Concursal impone al deudor, cesando el Administrador concursal en sus funciones de intervención sobre la administración y disposición de los bienes y derechos del deudor, debiendo aquel efectuar la rendición de cuentas en el momento procesal correspondiente.

Fórmese la sección sexta con testimonio de la presente resolución y del auto de declaración del concurso, disponiendo cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo del término de diez días para comparecer en la misma, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Publíquese el fallo de la presente resolución mediante edictos en el Boletín Oficial del Estado, así como en el Registro Público Concursal, librándose a tal fin los despachos correspondientes, así como mandamiento al Registro Mercantil de Barcelona para su inscripción.

Comuníquese al Juzgado Decano de Barcelona.

Con periodicidad semestral, a contar desde la fecha de la presente resolución, el deudor deberá informar a este Juzgado respecto del cumplimiento del convenio.

No se efectúa expreso pronunciamiento respecto de las costas causadas.

Llévese la presente resolución al libro de sentencias originales, dejando testimonio de las actuaciones.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, previa consignación de la suma de 50,00 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta al número 0990 0000 52 0214 13.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de publicidad a los efectos acordados en la misma, libro el presente.

Barcelona, 9 de abril de 2015.- El Secretario judicial.

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