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Documento BOE-B-2015-11207

Anuncio de la Notaría de don Juan Carlos Martín Romero sobre subasta extrajudicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 2015, páginas 15560 a 15561 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2015-11207

TEXTO

Yo, JUAN CARLOS MARTÍN ROMERO, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Málaga,

Hago saber: Que en mi Notaría, sita en calle Marqués de Larios, 12, 2.ª planta, se han iniciado los trámites para la venta extrajudicial por medio de subasta, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, sobre la siguiente finca hipotecada:

Descripción.- Urbana: Finca número treinta y cinco.- Vivienda número uno, situada en la tercera planta alta del portal G, del bloque número tres, del Conjunto Europa Residencial, en esta Ciudad de Málaga. Tiene una superficie útil de ochenta y ocho metros con siete decímetros cuadrados, distribuida en varias habitaciones y servicios, y linda: al frente de su entrada, con el rellano de escaleras, hueco de los ascensores y la vivienda número cuatro de esta misma casa y planta; por el fondo, con terrenos del solar común; por la derecha, entrando, con terrenos del solar común, y por la izquierda, huecos de los ascensores, solar común y la vivienda número 2 de esta misma casa planta. Su superficie construida es de ciento veintiún metros con ocho decímetros cuadrados (121,08 m2).

Cuota.- Se le asigna una cuota o participación en su bloque de tres enteros, quinientas setenta y cinco milésimas por ciento. Y en el Conjunto su cuota es de cero enteros, cuarenta y cinco centésimas por ciento.

Datos registrales.- La finca descrita se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad número doce de Málaga, al tomo 2.077, libro 99, folio 196, finca número 8.257.

Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:

-Tendrá lugar en mi Notaría, sita en calle Marqués de Larios 12, 2.ª planta, el próximo día 26 de mayo de 2015, a las 11:30 horas, al tipo del precio tasado en la escritura de constitución de la hipoteca, que es la cantidad de doscientos diez mil novecientos diez euros (210.910,00 euros).

- Requisitos para pujar. Ejecutante licitador: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 647.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, los requisitos para pujar, ejecutante licitador, se tendrán que cumplir con los siguientes requisitos:

1.º Identificación de forma suficiente.

2.º Declaración de conocer las condiciones generales y particulares de la subasta.

3.º Presentar resguardo de haber depositado en la cuenta número ES71-0075.0014.90-0603649277, sucursal número 0014 (oficina principal) del Banco Popular Español, S.A., en esta ciudad de Málaga, calle Marqués de Larios, o de haber prestado aval bancario por el cinco por ciento del valor de tasación del bien. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

- La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236-A 236-B del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría, de lunes a viernes, de 9:30 a 14:00 horas, en horario de mañana, y de 17:00 a 20:00 horas, en horario de tarde (salvo los viernes por la tarde que permanecerá cerrada), entendiéndose que todo licitador por el solo hecho de participar en la subasta, admite y acepta como bastante la titulación existente, y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.

- La subasta se regirá por lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley Hipotecaria y concordantes del Reglamento Hipotecario y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la cual en todo caso es aplicable con carácter subsidiario, especialmente se advierte de los que establecen los artículos 693, y los artículos 670 y 671 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en cuanto a los límites de la adjudicación por subasta.

- Para el caso de que resultare infructuosa la notificación prevista en el artículo 236-d.1. del Reglamento Hipotecario a la persona a cuyo favor esté practicada la última inscripción de dominio sobre la finca objeto de la subasta y a los titulares de cargas, gravámenes y asientos posteriores a la hipoteca que se ejecuta, y, en su caso, al hipotecante no deudor, al fiador, al arrendatario de la finca hipotecada y a cualquier otra persona que se crea con interés legítimo a intervenir en el procedimiento, en virtud de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 236-d.2 del Reglamento Hipotecario, sirva el presente para notificarles: que pueden intervenir, si les conviene, en la subasta o satisfacer antes del remate el importe del préstamo y de los intereses y gastos en la parte asegurada con la hipoteca; el lugar, día y hora fijados para la celebración de aquella.

Málaga, 1 de abril de 2015.- Notario.

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