Está Vd. en

Documento BOE-B-2015-10975

Edicto de la Secretaría de Relaciones con la Administración de Justicia, de 16 de marzo de 2015, por el que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de Cataluña GOV/33/2015, de 10 de marzo, sobre la recuperación de una parte de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 para el personal del sector público de la Generalidad de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 9 de abril de 2015, páginas 15207 a 15207 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2015-10975

TEXTO

El Gobierno de la Generalidad de Cataluña aprobó el Acuerdo GOV/33/2015, de 10 de marzo, sobre la recuperación de una parte de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 para el personal del sector público de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 6829, de 12.3.2015).

Dicho Acuerdo de Gobierno concreta esta recuperación y establece los criterios para su aplicación efectiva, en aplicación de la ley de medidas fiscales, financieras y administrativas aprobada por el Pleno del Parlamento de Cataluña en fecha 4 de marzo de 2015, y publicada en el DOGC núm. 6830, de 13.3.2015.

El Acuerdo es de aplicación al personal funcionario, estatutario, eventual y laboral al servicio de la Administración de la Generalidad, "incluido el personal funcionario e interino de los cuerpos de la Administración de Justicia en Cataluña".

Según lo dispuesto en el apartado 4.3 del Acuerdo de Gobierno, "El abono de estas cantidades se producirá a solicitud de los interesados ​​cuando éstos, en la fecha de entrada en vigor de la Ley de Presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2015, hayan dejado de prestar servicios en el ámbito de la Administración de la Generalidad de Cataluña, sus organismos, entes o entidades, y las universidades públicas y entidades dependientes, así como las personas que hayan cambiado de destino entre los diferentes ámbitos.

En este caso, el plazo para presentar la solicitud será de tres meses desde la publicación del presente Acuerdo y el abono se realizará el mes siguiente a la verificación de su procedencia."

Con la finalidad de dar publicidad y poner en conocimiento a los posibles funcionarios e interinos con derecho a solicitar el abono de las cantidades mencionadas, se publica en el BOE el presente Edicto.

A tal efecto, se pone en conocimiento que el modelo de solicitud está disponible en la página web del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña http://administraciojusticia.gencat.cat.

Barcelona, 16 de marzo de 2015.- El Director General de Modernización de la Administración de Justicia, Francesc Xavier Fabregat i Vera.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid