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Documento BOE-B-2015-10877

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 9 de abril de 2015, páginas 15053 a 15054 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2015-10877

TEXTO

Edicto

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1729/2012 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 a instancia de Zinncayaxs, S.L., frente a don Paul Robert Stockbridge se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Sentencia n.º 118/2014.

Juez que la dicta: Doña Dolores Ruiz Jiménez.

Lugar: Málaga.

Fecha: 10 de julio de 2014.

Parte demandante: Zinncayaxs, S.L.

Abogado: Don Vicente Ortiz Álvarez.

Procuradora: Doña Gracia Conejo Castro.

Parte demandada: Don Paul Robert Stockbridge.

Abogado:

Procurador:

Objeto del Juicio:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Gracia Conejo Castro, en nombre y representación de Zinncayaxs, S.L., contra don Paul Robert Stockbridge, rebelde, debo condenar y condeno al demandado a pagar a la parte actora la cantidad de 659.359,76 euros, más los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda, así como al pago de las costas procesales causadas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código '02', de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional decimoquinta de la LO 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, don Paul Robert Stockbridge, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Málaga, 9 de marzo de 2015.- El/La Secretario/a Judicial.

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