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Documento BOE-B-2015-10577

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 7 de abril de 2015, páginas 14616 a 14616 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-10577

TEXTO

Edicto

Doña MARÍA AMOR RODRÍGUEZ DÍAZ, Secretario/a Judicial de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 270/06 (NIG 33044 47 1 2006 0101160), se ha dictado en fecha 2 6 de febrero de 2015 Auto declarando la reapertura del concurso voluntario ordinario relativo al deudor RECUPERADORA ECOLÓGICA ASTUR, S.L.U., CIF B33831512.

2.º Se ha repuesto en su cargo de Administrador concursal al abogado don FRANCISCO ALONSO DÍAZ, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: Calle Uría, n.º 22, 3.º, 33003 de Oviedo, y la siguiente dirección de correo electrónico: concursorecoastur@gmail.com, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que en ningún caso tendrá por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es de lunes a jueves, de 17 a 20 horas.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el articulo 85 de la Ley Concursal.

3.º Se ha acordado en el mencionado auto que la reapertura del concurso se limitará a la fase de liquidación de los bienes y derechos aparecidos con posterioridad al auto de conclusión.

Oviedo, 16 de marzo de 2015.- Secretaria Judicial.

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