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Documento BOE-B-2014-9263

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 15 de marzo de 2014, páginas 11932 a 11932 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-9263

TEXTO

Edicto.

Doña MARÍA LUISA SÁNCHEZ GARRIDO, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con Sede en Vigo,

Hago saber: Que en la Sección I Declaración Concurso 46/2014, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 4 de marzo de 2014 Auto acordando lo siguiente:

1º Declarar el concurso voluntario abreviado de la entidad deudora EXCAVACIONES GONZALES E HIJOS, S.L., con C.I.F. número B-36.767.630 con domicilio en Nigran (Pontevedra), avenida Portugal, núm. 69 (parroquia de San Pedro de A Ramallosa).

2.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.

3.º Se ha declarado disuelta la entidad EXCAVACIONES GONZALES E HIJOS, S.L., con C.I.F. número B-36.767.630, acordando la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal.

4.º El administrador concursal designado es la abogada doña MARTA LÓPEZ LÓPEZ, con D.N.I. 34.994.997-Z y con domicilio profesional a efecto de notificaciones en Vigo calle Serafín Avendaño, núm. 18, oficina 17 C.P. 36201, y con correo electrónico: excavacionesgonzalezconcurso@advgrupo.com

5.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración Concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 4 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.

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