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Documento BOE-B-2014-9003

Anuncio de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Empleo por el cual se publica la Resolución de declaración de la condición de mineral natural del agua de la captación Santa Anna, situada en el término municipal de Espinelves (Osona) Girona.

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2014, páginas 11606 a 11606 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2014-9003

TEXTO

De acuerdo con lo que dispone el artículo 24.4 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, se publica la Resolución de fecha 10 de enero de 2014 dictada por el Consejero de Empresa y Empleo, mediante la cual se declara la condición de mineral natural del agua de la captación Santa Anna.

La citada Resolución establece en su parte dispositiva:

"Primero.-Declarar la condición de mineral natural del agua de la captación denominada Santa Anna, situada en el término municipal de Espinelves (Osona), en el punto de coordenadas UTM (sector 31T): X=451.577,20 Y=4.635.153,29.

Segundo.-Ordenar la notificación de esta resolución a los interesados y su publicación en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial de la Generalitat", de acuerdo con lo que establecen los artículos 24 de la Ley de Minas y el artículo 39 del Reglamento General para el Régimen de la Minería.

Tercero.- Otorgar a la sociedad "AIGUA DEL MONTSENY, S.A.", el plazo de un año a contar desde la notificación de esta resolución, para que pueda ejercer el derecho preferente a solicitar su aprovechamiento, en la forma y condiciones reguladas por la Ley de Minas y su Reglamento.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Empresa y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo que prevén los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de su notificación, de conformidad con el artículo 46 en relación con el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa."

Barcelona, 12 de febrero de 2014.- El Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, Pere Palacín i Farré.

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