El Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número concurso ordinario 431/2010, referente a los concursados Global Consulting Partners, S.L., y Par 27, Inversiones Inmobiliarias, S.A. Globalmet, S.A., Natec Nuevas Tecnologías, SL., Energías Eolicas Lince, SA., Lateral desarrollos Inmobiliarios, S.A., Onda Giralda, S.A. y Huelva Comunicacion Multimedia, S.L., se ha aprobado, por auto de 18 de febrero de 2014, el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración concursal.
2.- Se ha ordenado la formación de la sección sexta. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se hubiera dado a la resolución que acuerde la formación de la sección sexta, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable (artículo 168.1 LC).
Madrid, 20 de febrero de 2014.- El/La Secretario Judicial.
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