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Documento BOE-B-2014-7915

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 2014, páginas 10199 a 10199 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-7915

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia) anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 704/2013 referente al concursado PROMEN 2005, S.L., por resolución de fecha 18/02/14 se ha acordado lo siguiente:

1.- Declarar finalizada la Fase Común del presente procedimiento concursal del deudor PROMEN 2005, S.L.

2.- Abrir la fase de liquidación que se encabezará con testimonio de la presente resolución.

3.- Quedar en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.

4.- Disolver la entidad concursada, y cesar a los administradores sociales o liquidadores que serán sustituidos por la administración concursal.

5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijará en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal, y Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23.1 y 144 de la Ley Concursal) preferentemente por vía telemática.

6.- Inscribir, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos despachos preferentemente por vía telemática (artículos 24 y 144 de la Ley Concursal), en este caso en el Registro Mercantil de Bizkaia y Registro de la Propiedad de Balmaseda.

7.- Que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

8.- Una vez se apruebe el plan de liquidación, fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso (artículo 163.1.2.º de la Ley Concursal). Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Bilbao (Bizkaia), 18 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.

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