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Documento BOE-B-2014-7246

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 2014, páginas 9274 a 9274 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-7246

TEXTO

Don Jose Luis Garrido de Frutos, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 0000961 /2013D y NIG n.º 07040 47 1 2013 0001471 se ha dictado en fecha 22/01/14 auto de declaración de concurso del deudor Hero Mecanica, S.L., con CIF B-57.236.945, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Costa i Llobera, 24, de C'an Picafort.

2.º Se ha acordado la suspensión por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

3.º Que el Abogado nombrado administrador concursal, doña Cristina Alonso Suárez, con DNI número 46.648.851K, en fecha 25.02.13, ha aceptado el cargo.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la Administración concursal a la dirección postal calle Costa i Llobera, 24, de C'an Picafort o dirección de correo electrónico concursal@additiogroup.com, en el plazo de in mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 25 de febrero de 2014.- El Secretario judicial.

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