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Documento BOE-B-2014-709

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 2014, páginas 932 a 932 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-709

TEXTO

EDICTO

En los autos de Concurso abreviado 285/09 seguido ante este Juzgado de lo Mercantil número dos de Oviedo a instancia de "R.D.J. Servicios Gráficos, Sociedad Limitada" se ha dictado auto de conclusión cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice:

Auto.

En Oviedo, a 18 de diciembre de 2013.

Hechos.

Único. Por la administración concursal de R.D.J. Servicios Gráficos, Sociedad Limitada se ha presentado informe favorable a la conclusión del presente concurso al haberse procedido a la realización de todos los activos de la concursada y abono de los créditos hasta el importe de su cuantía. Evacuado el traslado previsto legalmente sin que las partes personadas formularan oposición, quedaron los autos vistos para dictar la resolución procedente.

Decido.

Declarar la conclusión del concurso 285/2009, en el que figurada como concursada R.D.J. Servicios Gráficos, Sociedad Limitada, por fin de la fase de liquidación al haberse procedido a la realización de todos los activos de la concursada y al abono de los créditos hasta el importe de su cuantía.

Contra este auto no cabrá recurso alguno.

Notifíquese esta resolución a las partes y procédase a la publicación de edictos en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Concursal.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada, disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Asturias, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme si no consta ya haberse verificado en momento anterior.

La conclusión del concurso no obstará a su reapertura del concurso, que será declarada por este mismo juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado.

Y, para su publicación en el Boletón Oficial del Estado y El Comercio se expide la presente en,

Oviedo, 18 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.

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