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Documento BOE-B-2014-6856

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2014, páginas 8815 a 8816 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2014-6856

TEXTO

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el Procedimiento Ordinario 1627/2010, seguido en el Juzgado de 1.ª Instancia 4 de Málaga a instancia de Emilio Barraca Navarro, Alejandro Girela Reina y María Dolores Rodríguez Berrocal contra El Hidalgo Sociedad Cooperativa Andaluza y Asefa Seguros y Reaseguros sobre cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 252/13

En Málaga, a cinco de diciembre de dos mil trece.

Doña María Ángeles García Aldaria, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 4 de los de esta ciudad, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario n.º 1627/2010, sobre acciones de rescisión y cumplimiento contractual y de reclamación de cantidad, seguidos a instancia de don Emilio Barraca Navarro, provisto de D.N.I. 53.684.757-C, don Alejandro Girela Reina, provisto de D.N.I. 74.837.390-J, y de doña María Dolores Rodríguez Berrocal, provista de D.N.I. 53.681.017-Y, representados por la procuradora doña Alicia Moreno Villena y defendidos por el letrado don José Luis Toro Palomo, contra la entidad El Hidalgo, Sociedad Cooperativa Andaluza, con C.I.F. F-92623735, en situación procesal de rebeldía, y contra la entidad Asefa S.A. de Seguros y Reaseguros, con C.I.F. A-08171605, representada por la procuradora doña María Ángeles Campos Fuentes y defendida por el letrado don Gonzalo Ruiz-Gálvez Jiménez, sustituido en el acto del juicio por su compañera doña Teresa Rebollo Mosquera.

FALLO

Estimar integramente la demanda interpuesta por la procuradora doña Alicia Moreno Villena, actuando en nombre y representación de don Emilio Barraca Navarro, de don Alejandro Girela Reina y de doña María Dolores Rodríguez Berrocal, contra la entidad El Hidalgo, Sociedad Cooperativa Andaluza y contra la entidad Asefa S.A. de Seguros y Reaseguros, con los siguientes pronunciamientos:

1.º Declarar la resolución del contrato de preinscripción de fecha 1 de marzo de 2.006 (documento n.º 1 de la demanda), y el posterior contrato de participación social y preadjudicación de vivienda en cooperativa (documento n.º 2 de la demanda), que en fecha 3 de junio de 2.006, fue suscrito por don Emilio Barraca Navarro con la entidad El Hidalgo, Sociedad Cooperativa Andaluza, siendo su objeto la vivienda del tipo 11 situada en la manzana n.º R-5, vivienda n.º 1 de la promoción de Maqueda (Málaga), por incumplimiento del plazo de entrega, y condenar a las entidades demandadas a estar y pasar por la anterior declaración, y a abonar al actor don Emilio Barraca Navarro, de forma solidaria, la suma de cuarenta y nueve mil setecientos ochenta y seis euros con treinta centimos de euro (49.786,30 €) más cuatro mil cuatrocientos setenta y cuatro con cuarenta y cuatro centimos de euro (4.474,44 €) correspondientes a intereses.

2.º Declarar la resolución del contrato de participación social y entrega de provisión de fondos para hacer frente a futura preadjudicación de vivienda de fecha 5 de septiembre de 2.006, (documento n.º 3 de la demanda), y el posterior contrato de preadjudicación de vivienda en cooperativa (documento n.º 4 de la demanda), que en fecha 25 de octubre de 2.006, fue suscrito por don Alejandro Girela Reina con la entidad El Hidalgo, Sociedad Cooperativa Andaluza, siendo su objeto la vivienda tipo 9, parcela R-4.2, vivienda n.º 19 de la promoción de Maqueda (Málaga), por incumplimiento del plazo de entrega, y condenar a las entidades demandadas a estar y pasar por la anterior declaración, y a abonar al actor don Alejandro Girela Reina, de forma solidaria, la suma de cincuenta mil cuatrocientos ochenta y seis euros con cincuenta y ocho centimos de euro (50.486,58 €) más cuatro mil cuatrocientos ochenta y un euros con treinta y ocho centimos de euro (4.481,38 €) correspondientes a intereses.

3.º Declarar la resolución del contrato de preadjudicación de vivienda en cooperativa (documento n.º 5 de la demanda) que en fecha 31 de octubre de 2.006, fue suscrito por doña María Dolores Rodríguez Berrocal con la entidad El Hidalgo, Sociedad Cooperativa Andaluza, siendo su objeto la vivienda tipo 12, parcela R-5, vivienda n.º 2 de la promoción de Maqueda (Málaga), por incumplimiento del plazo de entrega, y condenar a las entidades demandadas a estar y pasar por la anterior declaración, y a abonar a la actor doña María Dolores Rodríguez Berrocal, de forma solidaria, la suma de cuarenta y ocho mil veintiun euros con treinta y un centimos de euro (48.021,31 €) más cuatro mil doscientos sesenta y dos con cincuenta y cinco centimos de euro (4.262,55 €) correspondientes a intereses.

4.º Condenar a las demandadas al pago de las costas procesales causadas en esta instancia.

Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse dentro de los veinte días siguientes a su notificación y del que conocerá la Audiencia Provincial de Málaga.

Para la admisión a trámite del recurso deberá efectuarse previamente la constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado n.º 2936, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto de recurso, de conformidad en lo establecido con el apartado 5.º de la Disposición adicional 15.ª de la LO 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio fiscal, Estado, Comunidad Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos), o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Llévese el original al libro de sentencias.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s El Hidalgo Sociedad Cooperativa Andaluza extiendo y firmo la presente en

Málaga, 4 de febrero de 2014.- El/la Secretario.

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