El Director Técnico del Departamento 3.º y Secretario en el procedimiento de reintegro por alcance n.º C-267/13, en méritos a lo acordado en Providencia del Excmo. Sr. Consejero de Cuentas, de fecha 11 de febrero de 2014, y para dar cumplimiento a lo previsto en el art. 68.1, en relación con el 73.1, ambos de la Ley 7/1988, de 5 de abril, reguladora del Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
Hace saber: Que en este Tribunal, se sigue procedimiento de reintegro por alcance n.º C-267/13, del ramo de EE.LL. (Ayto. de Cangas del Narcea - Nuevo Depósito Regulador en el Núcleo de Besullo), como consecuencia de un posible alcance originado por la presunta certificación y pago de obra no ejecutada en el contrato de obra del Nuevo Depósito Regulador de 120 m³ en el Núcleo de Besullo.
Lo que se hace público con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos, personándose en forma dentro del plazo de los nueve días siguientes a la publicación de este edicto.
Madrid, 13 de febrero de 2014.- Director Técnico, Secretario del Procedimiento, Fernando de la Cueva Iranzo.
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