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Documento BOE-B-2014-5775

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 2014, páginas 7434 a 7434 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-5775

TEXTO

Edicto

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra,

Hago saber:

Que en la Sección I Declaración Concurso 28/2014, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 4 de febrero de 2014 Auto acordando lo siguiente:

1.º Declarar el concurso voluntario abreviado de la entidad, deudora 1960 Hermanos Vila Comesaña, S. L., con CIF: B-36981447, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la avenida Ramiro Pascual, s/n, código postal 36213, Matamá-Vigo (Pontevedra).

2.º La intervención de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, mediante la autorización o conformidad de la Administración concursal.

3.º La Administración concursal designada está integrada por la sociedad profesional Convenia Profesional, S.L.P., con CIF: B-86353729, con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Velázquez Moreno, 9, 4.º, oficina 5, código postal 36201, de Vigo. Teléfono 90 20 51 15. Fax 902 05 11 86 y correo electrónico ramon.jc@convenia.es.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal)

Vigo, 4 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

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