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Documento BOE-B-2014-5406

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 15 de febrero de 2014, páginas 6917 a 6917 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-5406

TEXTO

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo,

Hago saber: Que en la Sección Primera, Declaración Concurso 489/2013, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 31 de enero de 2014 Auto acordando lo siguiente:

1.º Declarar el concurso voluntario abreviado de la entidad deudora Recuperaciones Combar, S.L., con CIF número B36938298, con domicilio en Gondomar, Parroquia de Vincios, Polígono de Pasaxe, 38.

2.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.

3.º Se ha declarado disuelta la entidad Recuperaciones Combar, S.L., con CIF número B36938298, acordando la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración Concursal.

4.º El administrador concursal designado es el economista don José Luis Escudeiro Montenegro, con DNI número 36010888H, con domicilio profesional a efecto de notificaciones en Vigo, calle García Barbón, número 30, 1.º izquierda, y con correo electrónico: joseluis@eyrv.com.

5.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración Concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como lo relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 31 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.

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