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Documento BOE-B-2014-5081

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2014, páginas 6490 a 6490 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-5081

TEXTO

Edicto

Secretario Judicial D/ña José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 656/2013 se ha declarado, mediante auto de fecha 21/11/2013, el concurso voluntario de BONACUISTA BRAINWORKS GLOBAL SERVICES, S.L. (en adelantes BONACUISTA BGS) con NIF B-62157342 y domicilio en C. Gomis, núm. 34-36, Barcelona, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado ordinario.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D/D.ª Antonio García Marques por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en calle Mallorca, 245, 6.º 2.º, Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal concursal@pgmic.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 3 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.

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