Edicto.
El Juzgado de lo mercantil número uno de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento número incidente concursal 1035/14, referente al deudor PENNCROSS CONSULTING, S.L., con CIF B-91609974 por auto de 01/12/14 se ha acordado lo siguiente:
1º.- La conclusión del proceso concursal de PENNCROSS CONSULTING, S.L.,CIF B- 91609974, llevado en este mismo juzgado con el n.º 647/12, decretándose el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2º.- El cese del Administración Concursal designado aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días.
3º.- La declaración de extinción de la sociedad PENNCROSS CONSULTING, S.L., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
4º.- Notificar el extracto de esta resolución en el BOE declarando en el presente caso que se lleve a efecto de forma gratuita.
Sevilla, 12 de diciembre de 2014.- Secretaria Judicial.
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