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Documento BOE-B-2014-45217

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 24 de diciembre de 2014, páginas 61228 a 61228 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-45217

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Doña María Aranzazu Alameda López, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 987/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Ronda Universidad 23, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 987/2014. Sección C1.

NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2014-8008126.

Entidad concursada.- Ronda Universidad 23, S.L., con CIF n.º B-60257714.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha del auto de declaración.- 25 de noviembre de 2014.

Administrador concursal.- D Jordi Masnou Ridaura, lo que acredita con DNI 43679740A, que exhibe y retira, con domicilio profesional en C/ Dr. Bertomeu, 24, 08397 Pineda de Mar (Barcelona), n.º de teléfono 937671733, n.º de fax 937629192, con dirección electrónica jordi@masnouadvocats.com.

Facultades del concursado.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración Concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedores, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 3 de diciembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

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