Edicto.
Expediente de aprobación definitiva Proyecto de Reparcelación "Miquel Cuní" PMU-2 de Calella.
Por no ser posible notificar a la Sra. Ramona Juana Basurko Zubieta, la notificación del Departamento de Territorio y Medio Ambiente (Registro de Salida n.º 2014/5821, 15 de octubre de 2014), aunque se ha intentado en la última dirección conocida y de conformidad con las disposiciones del art. 59.2, 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a realizar mediante este edicto, la siguiente notificación:
"La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 9 de octubre de 2014, adoptó el siguiente acuerdo:
Visto que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 24 de julio de 2014, aprobó inicialmente el Proyecto de Reparcelación del Plan de Mejora Urbana, "Miquel Cuní" (PMU-2), presentado el 9 de julio de 2014 por el Presidente de la Junta de Compensación.
Visto que se ha notificado a los propietarios afectados por el proyecto, el acuerdo de aprobación inicial.
Visto que fue publicado el acuerdo de la Junta en el tablón de edictos del Ayuntamiento y la web municipal el 30 de julio de 2014; en el diario "La Vanguardia", el día 1 de agosto de 2014, y en el DOGC núm. 6680, el 6 de agosto de 2014.
Visto el certificado expedido por el Secretario de la Corporación el 1 de octubre de 2014, conforme durante el período de información pública, no se ha presentado ninguna alegación.
Visto el art. 119 del Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo.
Se acuerda
Primero.- Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación del Plan de Mejora Urbana "Miguel Cuni" (PMU-2), presentado el 9 de julio de 2014 por el Presidente de la Junta de Compensación.
Segundo.- Proceder a la publicación de este acuerdo en el DOGC, BOP; en uno de los periódicos de mayor difusión de la provincia, al tablón de anuncios y en el sitio web de esta Corporación.
Tercero.- Notificar el presente acuerdo a todos los propietarios, los titulares de los derechos y a todas las partes interesadas que han comparecido en el expediente, de la unidad reparcelable de terrenos incluidos en el Plan de Mejora Urbana "Miquel Cuní"(PMU-2).
Cuarto.- Facultar al Teniente de Alcaldía de Territorio y Medio Ambiente de esta Corporación para que en nombre del Consistorio, intervenga en la formalización de este acuerdo de aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación del Plan de Mejora Urbana "Miquel Cuní" (PMU-2); y facultarlo para adoptar las disposiciones y firmar cuantos documentos sean necesarios en orden a la ejecución de este acuerdo.
Quinto.- Solicitar al Registro de la Propiedad la inscripción del Proyecto de Reparcelación, una vez sea firme en vía administrativa".
Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición delante del Órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la recepción de esta notificación.
Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, en su caso, o bien directamente contra esta resolución, se podrá interponer recurso contencioso administrativo delante de los juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Barcelona, en un plazo de dos meses contados desde el siguiente a la recepción de la notificación correspondiente.
En el caso que la desestimación del recurso de la reposición se produjera por silencio administrativo (silencio que se produce al transcurso de un mes a contar desde la fecha de su interposición, sin que se haya notificado su resolución) el plazo para la interposición del recurso contencioso administrativo será de seis meses a contar desde el día después del día en el que el referido recurso de reposición se entienda desestimado. "
Calella, 5 de noviembre de 2014.- El Teniente de Alcaldía de Territorio y Medio Ambiente.
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