Don Carlos de Andrés-Vázquez Martínez, Notario del Ilustre Colegio de Murcia, con residencia en Alcantarilla,
Hago saber: Que en mi notaría, sita en Alcantarilla, calle Médico Miguel Ramos, número 2, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Urbana.- Numero cinco.- Local comercial en planta baja. Está señalado con el número 1. Se accede al mismo directamente desde la calle Albeniz y calle Barsa. Tiene una superficie útil de ciento cuarenta y un metros sesenta y cinco decímetros cuadrados (141,65 m²) y construida de ciento cuarenta y nueve metros tres decímetros cuadrados (149,03 m²). Linda: Norte, calle Albeniz; Sur, local dos y zaguán; Este, zaguán; y Oeste, calle Barsa.
Cuota.- 6,15%.
Forma parte: en régimen de propiedad horizontal de un edificio denominado "SOL", en término de Alcantarilla (Murcia), parcela 2 en la Unidad de Actuación 2c.I.VIII, con fachadas a calle Albeniz y calles de nueva apertura sin nombre.
Inscripción: En el Registro de la Propiedad de Alcantarilla, al tomo 465, libro 388, folio 153, finca número 26.037.
Procediendo la subasta de la finca, se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi notaría. La 1ª subasta el 21 de enero de 2.015 a las 11 horas, siendo el tipo base el de ciento trece mil ochocientos cincuenta y un euros y cuarenta y siete céntimos de euro (113.851,47 €); de no haber postor o si resultare fallida, la 2ª subasta, el 18 de febrero de 2.015, a las 11 horas, cuyo tipo será del 75 por 100 de la primera; en los mismos casos, la 3ª subasta el 17 de marzo de 2.015, a las 11 horas sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el 26 de marzo de 2.015 a las 11 horas.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9:30 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría, una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la 1ª y 2ª subasta y en la 3ª un 20 por 100 del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Alcantarilla (Murcia), 15 de diciembre de 2014.- Carlos de Andrés-Vázquez Martínez, Notario.
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