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Documento BOE-B-2014-4336

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 8 de febrero de 2014, páginas 5516 a 5516 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-4336

TEXTO

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos 492/11 I cuya parte dispositiva es de este tenor literal:

"PARTE DISPOSITIVA

1. Se declara concluso el concurso de acreedores de don Roberto Francisco Navarro Pérez, con NIF 74.216.154-F y doña Concepción Miralles Escolano, con NIF 74.217.163-G, ambos con domicilio en Novelda (Alicante), C/ Pablo Picasso n.º 2, 4.º C.

2. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

3. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.

4. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 4 de noviembre de 2013.

5. Se acuerda el cese de los administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Civil.

En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.

Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.

Contra esta resolución no cabe recurso (art. 177).

Así, por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo. señor don Rafael Fuentes Devesa, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe.

FIRMA DEL MAGISTRADO -JUEZ. FIRMA DEL SECRETARIO"

Alicante, 9 de enero de 2014.- El Secretario Judicial.

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