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Documento BOE-B-2014-43111

Anuncio de la Agencia de Información y Control Alimentarios por el que se procede a la publicación oficial del extracto de actos administrativos de expedientes sancionadores tramitados y cuya notificación se ha intentado sin que se haya podido practicar.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 8 de diciembre de 2014, páginas 58450 a 58451 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2014-43111

TEXTO

En virtud de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no siendo posible practicar la notificación por causas no imputables a la Administración y concurriendo alguna de las circunstancias recogidas en el número 5 del indicado precepto, por el presente anuncio se notifica a los interesados que se indican a continuación, de los actos dictados en los Procedimientos Sancionadores incoados por infracción a la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias:

RESOLUCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA INDUSTRIA ALIMENTARIA

Expediente nº

Aportación

Interesado

NIF

Acuerdo

Importe (€)

SA130144C213L

enero-2014

FRANCISCO JAVIER SUAREZ GARRIDO

07227233N

MULTA

182,36

SA130144C213L

marzo-2014

FRANCISCO JAVIER SUAREZ GARRIDO

07227233N

MULTA

108,90

SA130147B213L

enero-2014

RETAOLIVA, S.L.

B10220622

MULTA

265,94

SA130147B213L

febrero-2014

RETAOLIVA, S.L.

B10220622

APERCIBIMIENTO

0,00

SA130150C213L

enero-2014

GOURMET DE ELITE, S.L.

B81232704

APERCIBIMIENTO

0,00

SA130150C213L

febrero-2014

GOURMET DE ELITE, S.L.

B81232704

MULTA

100,00

SA130150C213L

marzo-2014

GOURMET DE ELITE, S.L.

B81232704

MULTA

100,00

SA130151B213L

enero-2014

SIGLER SILVERA, LAUREANO

31567032S

APERCIBIMIENTO

0,00

SA130151B213L

febrero-2014

SIGLER SILVERA, LAUREANO

31567032S

APERCIBIMIENTO

0,00

SA130151B213L

marzo-2014

SIGLER SILVERA, LAUREANO

31567032S

MULTA

100,00

SA130155B213L

marzo-2014

EXPLOT. DE ACTIVOS AGROURBANOS, S.L.

B14806053

MULTA

100,00

SA130162C213L

enero-2014

ACEITES LA SERRANA S.L.

B14736615

MULTA

313,39

SA130162C213L

febrero-2014

ACEITES LA SERRANA S.L.

B14736615

MULTA

132,72

SA130162C213L

marzo-2014

ACEITES LA SERRANA S.L.

B14736615

MULTA

142,01

SA130170C213L

febrero-2014

ACEITES LUIS CAMACHO S.L

B23436157

MULTA

302,69

SA130175B213L

enero-2014

S.L.OLEOJAEN

B23293343

MULTA

2.996,02

SA130175B213L

febrero-2014

S.L.OLEOJAEN

B23293343

MULTA

1.843,64

SA130175B213L

marzo-2014

S.L.OLEOJAEN

B23293343

MULTA

1.733,80

SA130184C213L

febrero-2014

CANELA OLIVA S.L

B91333898

MULTA

1.631,07

SA130187B213L

enero-2014

MERKALIA COMERCIAL 21,S.L.

B99033078

MULTA

100,00

Contra la Resolución, que no es definitiva en vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de alzada ante la Secretaría General de Agricultura y Alimentación. El plazo para interponer el recurso de alzada será de un mes, computado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de las Resoluciones cuyo Acuerdo fuera de Multa administrativa, la sanción impuesta deberá hacerse efectiva mediante el documento de ingreso (Modelo 069) que se adjunta a la Resolución que se notifica, a través de bancos, cajas de ahorro o cooperativas de crédito, en el plazo de pago voluntario siguiente: Si la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado se ha realizado entre los días 1 y 15 de cada mes, ambos inclusive, el plazo para efectuar el pago voluntario será hasta el día 20 del mes siguiente o inmediato hábil posterior, y si lo ha sido entre los días 16 y último de cada mes, ambos inclusive, el plazo del pago será hasta el día 5 del segundo mes siguiente o inmediato hábil posterior. En su defecto, se procederá a su recaudación en periodo ejecutivo, tal y como se establece en los artículos 68 y 69 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en relación con el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y con el artículo 10 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Una vez realizado el pago, deberá remitirse el "Ejemplar para la Administración" del Modelo 069 a la Agencia de Información y Control Alimentarios (C/ Infanta Mercedes, 31, 5ª planta - 28020 Madrid).

Los expedientes se encuentran a disposición de los interesados, para su examen y consulta, en la sede de la Agencia de Información y Control Alimentarios, calle Infanta Mercedes, número 31, 5ª planta, 28020 Madrid, pudiendo consultarse en horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes.

Madrid, 3 de diciembre de 2014.- El Jefe de Área de la Unidad Técnica de Seguimiento de la Cadena e Inspección, José Ignacio García Pérez.

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