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Documento BOE-B-2014-42905

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 6 de diciembre de 2014, páginas 58186 a 58186 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-42905

TEXTO

Doña Esther Márquez Mejías, Secretaria judicial del Juzgado Mixto y de lo Mercantil número 4 de Ciudad Real,

Por la presente anuncio: Que en los procedimientos concursales acumulados Concurso Abreviado 688/10 y 689/10 referente a don Ángel Luis Ruiz Serrano, con DNI 05.636.347-J, y doña Sacramento Tera Laguna, con DNI 05.638.780-P, por Auto de fecha 26 de noviembre de 2014, se ha acordado lo siguiente:

1. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por Auto de fecha 15 de junio de 20/06/14, toda vez que no concurrieron acreedores que titularan créditos por importe, al menos, de la mitad del pasivo ordinario del concurso.

2. Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 25/11/14.

3. Quedar en suspenso, durante la fase de liquidación, las facultades de administración y disposición de los concursados sobre su respectivo patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.

4. Se declara extinguido el derecho de alimentos del concursado con cargo a la masa activa, a salvo de las excepciones recogidas en el punto segundo del artículo 145 de la LC.

5. Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y, en su caso, la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

6. Presentar la Administración Concursal, en el plazo de 15 días computados desde la notificación de esta resolución, un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de los respectivos concursados conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal. Dicho plan, lo deberá efectuar de modo separado, por tratarse de concursos distintos, tramitados coordinadamente, a excepción de aquello en lo que no resulte posible.

SS.ª ha acordado la gratuidad de la publicación del presente edicto, por insuficiencia de la masa activa.

Ciudad Real, 3 de diciembre de 2014.- La Secretaria judicial.

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