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Documento BOE-B-2014-42669

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 4 de diciembre de 2014, páginas 57882 a 57882 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-42669

TEXTO

Edicto.

D. Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000186/2014, seguido a instancias de la Procuradora Dña. Ana María de Guzmán Fabra, en nombre y representación de D. José Antonio León García y María Berta Viera Valido, se ha dictado Auto el día 13 de junio de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de D. José Antonio León García y María Berta Viera Valido, con NIF 43254764k y 42757948M, respectivamente, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designa como Administradora del concurso a Dña. Mónica del Carmen Guerra Cabrera, como economista, el cual ha designado como domicilio profesional c/ Juan XXIII, n.º 11, bajo, 35004 Las Palmas de Gran Canaria, con n.º de telefono 928.36.10.21 y fax 928 23 3728 y con correo electronico: monica@guerracabreracomunidades.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; Intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 19 de noviembre de 2014.- Secretario Judicial.

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