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Documento BOE-B-2014-42404

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 2 de diciembre de 2014, páginas 57537 a 57537 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-42404

TEXTO

Don José Vela Pérez, Secretario judicial del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona,

Hace saber:

Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 793/2014 se ha declarado, mediante auto de fecha 28 de octubre de 2014, el concurso voluntario de Opus 5 Medios Interactivos, S.L., con NIF B62733100 y domicilio en ronda Sant Antoni, 51, 1.°, 2.ª, de Barcelona, al tiempo que su conclusión por falta de masa activa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 176 bis 4 de la Ley Concursal, del que su parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Que debía acordar y acordaba declarar en estado de concurso voluntario a la entidad Opus 5 Medios Interactivos, S.L., con domicilio en ronda Sant Antoni, n.° 51, 1.°, 2.ª, de Barcelona, con CIF B62733100 y la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa.

Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LC, en el Boletín Oficial del Estado, en los estrados de este Juzgado y en la web concursal. Comuníquese al Juzgado Decano de Barcelona.

Expídase por el Sr. Secretario mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Barcelona, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión, procediendo a su inserción en el portal de internet y al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el referido Registro.

Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos expedidos para que cuide de su curso y gestión, concediéndosele un plazo de diez días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos.

Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Concursal 38/2011, 10 de octubre, la sección primera, que se encabezará con la solicitud y testimonio de la presente resolución.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, previa consignación de la suma de 50,00 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta al número 0990 0000 52 0793 14.

Así lo acuerda, manda y firma don Francisco Javier Fernández Álvarez Magistrado del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Barcelona, de lo que doy fe.

Barcelona, 28 de octubre de 2014.- El Secretario judicial.

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